Las ayudas de la Junta para la contratación indefinida se amplían también a los contratos de personas que no están en paro

4 noviembre 2022

Estos incentivos, que alcanzan hasta los 6.600 euros, se pueden solicitar hasta el 2 de diciembre y pretende respaldar a los empresarios en el impulso de su actividad y fomentar el empleo estable

La Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo ha sacado a información pública (https://lajunta.es/3w7th )  una modificación de la orden de 3 de junio de 2022 que establece las bases reguladoras de las ayudas a la contratación indefinida, de cara a ampliar su cobertura para que también puedan acogerse a estas subvenciones al empleo estable aquellos contratos realizados a personas que no están en situación de desempleo, cuando hasta ahora solo contemplaba beneficiar a los contratos de personas que estaban en paro.

Este paquete de ayudas, cuya convocatoria se abrió el pasado 4 de octubre, incluye subvenciones que oscilan entre los 3.500 y los 6.600 euros por cada contrato indefinido que formalicen las empresas y autónomos andaluces, y que supongan un incremento neto de su plantilla fija. Actualmente, la Consejería de Empleo ya supera las 13.000 solicitudes presentadas para acceder a estos incentivos.

La Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo tiene previsto extender hasta el 2 de diciembre el actual plazo para presentar las solicitudes, y ha justificado estos cambios en el objetivo de lograr “un mayor impacto social y económico en los sectores productivos con estas ayudas, porque las empresas necesitan en estos momentos este apoyo y estas palancas de la Administración para impulsar la contratación indefinida”.

El plazo está actualmente abierto hasta el próximo 18 de noviembre para solicitar estas subvenciones, aunque la Consejería ampliará esta fecha tope a lo largo del mes de noviembre con la publicación en BOJA de la nueva orden y la nueva fecha de plazo, prevista para el 2 de diciembre.

Estas ayudas pueden solicitarse por parte de las personas trabajadoras autónomas, las empresas privadas, las entidades privadas sin ánimo de lucro y las entidades privadas sin personalidad jurídica que desarrollen su actividad en Andalucía (que tengan en alta una cuenta de cotización a la Seguridad Social en una provincia andaluza), cuando la contratación, realizada entre el 1 de abril y el final de la convocatoria, suponga un incremento neto de su plantilla fija y se mantenga en por un periodo mínimo de doce meses ininterrumpidos.

Más información sobre estas ayudas

https://www.juntadeandalucia.es/organismos/empleoempresaytrabajoautonomo/servicios/actualidad/noticias/detalle/379636.html

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